lunes, 28 de junio de 2010

MOCIONES DE LOS VERDES PARA EL PLENO ORDINARIO DEL MES DE JUNIO EN EL AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA

MOCIÓN DE LOS VERDES SOBRE LA CV-91

Manuel Gallud Gilabert, como Concejal y Portavoz Adjunto del Grupo Municipal de Los Verdes de Orihuela,

EXPONE

• El 27 de Octubre de 2006 se aprobó en Pleno de este Ayuntamiento una Alegación Institucional contra el proyecto de la CV-91.

• El 28 de Julio de 2009 se aprobó en Pleno de este Ayuntamiento una Moción por unanimidad en la que se decía que esta Corporación no iba a consentir la construcción de ninguna infraestructura que destrozara el territorio de las partidas rurales de Correntías, Molins, Escorratel, Camino Viejo así como ninguna del término municipal de Orihuela.

• En Marzo de 2007, en la precampaña electoral, todos los portavoces de los Grupos Municipales (entonces candidatos a la alcaldía) firmaron un acuerdo con la Plataforma “Orihuela sin Murallas” por el que se comprometían a conseguir la derogación del proyecto de la CV-91 del año 2006 y evitar que se llevara a cabo la construcción de ese proyecto.

• El 25 de Mayo de 2010 la Conselleria ha publicado la aprobación definitiva del Tramo I de la CV-91 que es exactamente el mismo que el proyecto del año 2006 que fue retirado sin contestar a las miles de alegaciones presentadas.

• Los ciudadanos afectados, de manera particular o de manera conjunta, han presentado un Recurso de Reposición en contra de la Aprobación Definitiva del Tramo I de la CV-91 publicado el 25 de Mayo de 2010.

• Este Grupo Municipal de Los Verdes hizo una Solicitud en el Pleno del 1 de Junio de 2010 para que este Ayuntamiento presentara un Recurso de Reposición en ese mismo sentido como piden nuestros ciudadanos. Hasta el día de hoy no hemos obtenido ninguna respuesta por parte del equipo de gobierno municipal y el plazo para su presentación finaliza el 25 de Junio.

Por todo ello, este Grupo Municipal de Los Verdes de Orihuela, presenta la siguiente

MOCIÓN

El Ayuntamiento de Orihuela, reunido en sesión de Pleno toma los siguientes acuerdos:

• Mostrar su adhesión al Recurso de Reposición contra la Aprobación Definitiva del Tramo I de la CV-91 presentado por la Asociación “Amigos de la Huerta de la Vega Baja”.

• Instar a la Generalitat Valenciana a la toma en consideración del citado Recurso de Reposición con la consiguiente paralización del citado proyecto.

MOCIÓN DE LOS VERDES SOBRE IRREGULARIDADES EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA

Manuel Gallud Gilabert, como Concejal y Portavoz Adjunto del Grupo Municipal de Los Verdes de Orihuela,

EXPONE

• Un Procedimiento Administrativo es el cauce formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin. Es una serie de trámites y formalidades a que debe someterse la actividad de la Administración para que sus resoluciones tengan validez.

• La existencia de un formulismo en la actividad de la Administración es una exigencia de Garantía, tanto para los intereses generales como para los intereses de los administrados.
• El artículo 164 del ROF define un Expediente Administrativo como el conjunto ordenado de documentos y actuaciones que sirven de antecedente y fundamento a la resolución administrativa, así como las diligencias encaminadas a ejecutarla.

• Así mismo dice este mismo artículo del ROF que los Expedientes se formarán mediante la agregación sucesiva de cuantos documentos, pruebas, dictámenes, decretos, acuerdos, notificaciones y demás diligencias deban integrarlos, y sus hojas útiles serán rubricadas y foliadas por los funcionarios encargados de su tramitación.

• Los interesados en un Expediente Administrativo tendrán derecho a conocer, en cualquier momento, el estado de su tramitación, recabando la oportuna información de las oficinas correspondientes.

• El artículo 63 de la citada ley dice que son anulables los actos de la Administración que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico. También dice que el defecto de forma de un Procedimiento Administrativo determinará su Anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o de lugar a la indefensión de los interesados.

• No viene siendo costumbre en este Ayuntamiento dar estricto cumplimiento a esta normativa y los Expedientes Administrativos no suelen estar con la documentación ordenada y con sus folios numerados.

• Este hecho puede dar origen a un grave conflicto legal si no se corrigen estos vicios adquiridos y se hace necesaria una urgente rectificación en la manera de tramitar los Procedimientos Administrativos, al mismo tiempo que habrá que ir adaptando los anteriores conforme a la normativa legal.

• Es conveniente hacer saber a los técnicos encargados de estas tramitaciones las repercusiones legales a las que pueden hacer frente en caso de incumplir estos aspectos importantes de la legislación en materia de Procedimiento Administrativo, que por otro lado suponemos de los que tienen conocimiento.

Por todo ello, este Grupo Municipal de Los Verdes de Orihuela, presenta la siguiente

MOCIÓN

El Ayuntamiento de Orihuela, reunido en sesión de Pleno toma los siguientes acuerdos:

• Que todos los Procedimientos Administrativos que se inicien en este Ayuntamiento a partir de este acuerdo irán con su contenido debidamente ordenado y sus folios numerados conforme a la normativa.

• Que en el plazo máximo de seis meses se habrán adecuado a la normativa todos los Procedimientos Administrativos de este Ayuntamiento iniciados en la presente legislatura desde Junio de 2007.

• Que a partir de Enero de 2011 se irá procediendo progresivamente a la adecuación a la normativa de todos los Procedimientos Administrativos de este Ayuntamiento iniciados antes de Junio de 2007 y que no estén finalizados.

• Generar, tal y como marca el ROM, un expediente en el que los servicios técnicos de la Concejalía implicada estudien las actuaciones concretas para llevar a cabo lo expuesto en la parte dispositiva de esta moción.


Orihuela, 22 de Junio de 2.010

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